Su empresa puede tomar la decisión de desplazar temporalmente a uno o varios de sus trabajadores a otro de sus centros de trabajo si hay causas económicas, técnicas, organizativas o de producción que lo justifiquen. Si es asÃ, su trabajador, aunque no esté conforme, no tiene derecho a solicitar la extinción indemnizada de su contrato. Si no está de acuerdo con la decisión de su empresa, podrá optar entre presentar la baja voluntaria o bien llevar a juicio a su empresa para pedir que le devuelva a su anterior puesto de trabajo. Por su parte, usted tendrá que concederle un permiso retribuido de cuatro dÃas laborables por cada tres meses de desplazamiento y sufragar al trabajador los gastos de los viajes de ida y vuelta para el disfrute de ese permiso. Además, deberá abonarle las dietas (los gastos de manutención y alojamiento que tenga el trabajador mientras dure el desplazamiento).
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