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Mejore su reputación con lo que a su empresa le sobra

¿Se ha preguntado alguna vez qué pasa con los restos de jabón que quedan en los hoteles? Lo más probable es que piense que se tiran a la basura y punto. Pues bien, la cadena hotelera Hilton ha decidido darle un buen fin a algo que parece inutilizable, gracias a una alianza con la organización sin ánimo de lucro Global Soap Project, que reciclará el jabón para enviarlo a países en vías de desarrollo. De este modo, se mejorarán las condiciones de higiene y se reducirá el riesgo de padecer enfermedades de su población. Sin duda, una forma interesante de dar un destino útil a algo que parece que sólo puede ir al cubo de la basura y con efectos positivos no sólo para su entorno, sino también para su reputación corporativa. Y una buena idea que puede aplicar a su empresa.

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Domine las claves de la LOPD para cumplirla a la perfección en su empresa

Fuente: www.cartadeproteccion.com

Estimado Lector:

Quiero presentarle el Seminario práctico intensivo “Protección de datos personales: domine las claves de la LOPD para cumplirla a la perfección en su empresa” que se va a celebrar el miércoles 8 de junio de 2011 en el Hotel NH La Habana****, de Madrid.

Descárguese aquí el programa del Seminario

Le aseguramos que, en una sola jornada interactiva e intensiva, conocerá a fondo las claves de la protección de datos y cómo aplicarlas en su empresa a partir de ese momento. Repasaremos todas las áreas “problemáticas” de Siga leyendo »

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Crear un negocio anti-crisis en tiempos de crisis

La crisis no está reñida con crear una nueva empresa o aumentar el número de sucursales o de oficinas para captar un nicho de mercado cada vez más numeroso: el de los clientes que únicamente se fijan en el precio. Es el caso por ejemplo de Esloúltimo, que se presenta como “una tienda con tarifa plana para la nueva generación de consumidores”. A través de su portal en Internet (www.esloultimo.com) la compañía informa diariamente de novedades que van saliendo al mercado y luego en sus tiendas físicas ofrece a sus clientes, pagando una cuota de 5 euros al mes, llevarse 5 productos (de entre más de 50 referencias) durante 15 días para probarlos, utilizarlos y que luego decidan si los adquieren o los devuelven. Entre los productos que se pueden comprar se encuentran prototipos de móviles, ordenadores, consolas o aparatos de gimnasia de última generación.

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Vacaciones sin sueldo por Navidad

Con el objetivo de reducir costes y hacer frente a una posible caída de la demanda, puede plantearse pactar con sus trabajadores que se tomen vacaciones sin sueldo en la época de Navidad. Puede que a muchos de ellos les interese tener días libres durante estas fiestas renunciando a la parte proporcional de su salario y, su empresa, además de reducir costes en las nóminas, también lo hará en otras partidas de gastos como electricidad, calefacción… Puede acordar con sus trabajadores cerrar el centro de trabajo durante unos días o bien mantenerlo abierto y que una parte se coja, por ejemplo, la semana de Navidad y otra la de Nochevieja-Año Nuevo.

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No olvide recuperar el IVA de las facturas impagadas

Su empresa puede recuperar el IVA liquidado a Hacienda de facturas que resultan impagadas. Para ello, y entre otros requisitos, el impago debe estar recogido formalmente en los libros de contabilidad, debe haber transcurrido un año desde que se produjo la operación, su cliente debe ser una empresa o profesional (o en el caso de ser un particular, que la base imponible de la factura sea superior a 300 euros) y debe haber instado su cobro mediante reclamación judicial. El procedimiento es el siguiente:

1. Su empresa debe emitir y enviar la factura de rectificación al cliente, describiendo la causa y los datos identificativos de la factura original, en un plazo de tres meses siguientes al cumplimiento del año del impago.

2. Una vez emitida la factura, dispone de un mes para remitir copia de la factura a la Administración Tributaria, así como el documento que acredite que se ha reclamado judicialmente al deudor.

Para más información: Ley 4/2008, de 23 de diciembre (BOE de 25.12.08).

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Mejore su financiación con la devolución mensual del IVA

Desde el pasado 1 de enero su empresa puede solicitar la devolución mensual del IVA, lo que hasta ahora la mayoría sólo podía hacer anualmente a través de la declaración del cuarto y último trimestre del año. Entre otros requisitos que deberá cumplir se encuentran: inscribirse en el Registro de devolución mensual del IVA, en el que deberá permanecer un año, y presentar los libros registros del IVA mensualmente. Para poder solicitar las devoluciones mensuales en este mismo ejercicio deberá solicitar la inscripción hasta el día 30 de enero. Las solicitudes deberán hacerse mensualmente dentro de los 20 primeros días naturales del mes siguiente (por ejemplo, las de enero entre los días 1 y 20 de febrero), a excepción de julio y diciembre, y la Agencia Tributaria se ha comprometido a efectuar la devolución en los 30 días siguientes. Así pues, le convendrá sopesar la importancia de la inyección financiera que esto le supondrá, frente a las repercusiones que pueda tener en su organización el cumplimiento de todos los requisitos necesarios. Para mayor información: Ley 4/2008, BOE 25.12.08; RD 2126/2008, BOE 27.12.08, y Orden EHA/3786/2008, BOE 30.12.08.

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