Powered by Max Banner Ads 

Crear un negocio anti-crisis en tiempos de crisis

La crisis no está reñida con crear una nueva empresa o aumentar el número de sucursales o de oficinas para captar un nicho de mercado cada vez más numeroso: el de los clientes que únicamente se fijan en el precio. Es el caso por ejemplo de Esloúltimo, que se presenta como “una tienda con tarifa plana para la nueva generación de consumidores”. A través de su portal en Internet (www.esloultimo.com) la compañía informa diariamente de novedades que van saliendo al mercado y luego en sus tiendas físicas ofrece a sus clientes, pagando una cuota de 5 euros al mes, llevarse 5 productos (de entre más de 50 referencias) durante 15 días para probarlos, utilizarlos y que luego decidan si los adquieren o los devuelven. Entre los productos que se pueden comprar se encuentran prototipos de móviles, ordenadores, consolas o aparatos de gimnasia de última generación.

¿Le gustó esta receta? Compártala:
  • Digg
  • Sphinn
  • del.icio.us
  • Facebook
  • Mixx
  • Google
  • Blogosphere News
  • E-mail this story to a friend!
  • Live
  • Meneame
  • StumbleUpon
  • Technorati
  • Tumblr
  • TwitThis
  • Wikio
  • MisterWong
  • Print this article!

Vacaciones sin sueldo por Navidad

Con el objetivo de reducir costes y hacer frente a una posible caída de la demanda, puede plantearse pactar con sus trabajadores que se tomen vacaciones sin sueldo en la época de Navidad. Puede que a muchos de ellos les interese tener días libres durante estas fiestas renunciando a la parte proporcional de su salario y, su empresa, además de reducir costes en las nóminas, también lo hará en otras partidas de gastos como electricidad, calefacción… Puede acordar con sus trabajadores cerrar el centro de trabajo durante unos días o bien mantenerlo abierto y que una parte se coja, por ejemplo, la semana de Navidad y otra la de Nochevieja-Año Nuevo.

¿Le gustó esta receta? Compártala:
  • Digg
  • Sphinn
  • del.icio.us
  • Facebook
  • Mixx
  • Google
  • Blogosphere News
  • E-mail this story to a friend!
  • Live
  • Meneame
  • StumbleUpon
  • Technorati
  • Tumblr
  • TwitThis
  • Wikio
  • MisterWong
  • Print this article!

No olvide recuperar el IVA de las facturas impagadas

Su empresa puede recuperar el IVA liquidado a Hacienda de facturas que resultan impagadas. Para ello, y entre otros requisitos, el impago debe estar recogido formalmente en los libros de contabilidad, debe haber transcurrido un año desde que se produjo la operación, su cliente debe ser una empresa o profesional (o en el caso de ser un particular, que la base imponible de la factura sea superior a 300 euros) y debe haber instado su cobro mediante reclamación judicial. El procedimiento es el siguiente:

1. Su empresa debe emitir y enviar la factura de rectificación al cliente, describiendo la causa y los datos identificativos de la factura original, en un plazo de tres meses siguientes al cumplimiento del año del impago.

2. Una vez emitida la factura, dispone de un mes para remitir copia de la factura a la Administración Tributaria, así como el documento que acredite que se ha reclamado judicialmente al deudor.

Para más información: Ley 4/2008, de 23 de diciembre (BOE de 25.12.08).

¿Le gustó esta receta? Compártala:
  • Digg
  • Sphinn
  • del.icio.us
  • Facebook
  • Mixx
  • Google
  • Blogosphere News
  • E-mail this story to a friend!
  • Live
  • Meneame
  • StumbleUpon
  • Technorati
  • Tumblr
  • TwitThis
  • Wikio
  • MisterWong
  • Print this article!

Mejore su financiación con la devolución mensual del IVA

Desde el pasado 1 de enero su empresa puede solicitar la devolución mensual del IVA, lo que hasta ahora la mayoría sólo podía hacer anualmente a través de la declaración del cuarto y último trimestre del año. Entre otros requisitos que deberá cumplir se encuentran: inscribirse en el Registro de devolución mensual del IVA, en el que deberá permanecer un año, y presentar los libros registros del IVA mensualmente. Para poder solicitar las devoluciones mensuales en este mismo ejercicio deberá solicitar la inscripción hasta el día 30 de enero. Las solicitudes deberán hacerse mensualmente dentro de los 20 primeros días naturales del mes siguiente (por ejemplo, las de enero entre los días 1 y 20 de febrero), a excepción de julio y diciembre, y la Agencia Tributaria se ha comprometido a efectuar la devolución en los 30 días siguientes. Así pues, le convendrá sopesar la importancia de la inyección financiera que esto le supondrá, frente a las repercusiones que pueda tener en su organización el cumplimiento de todos los requisitos necesarios. Para mayor información: Ley 4/2008, BOE 25.12.08; RD 2126/2008, BOE 27.12.08, y Orden EHA/3786/2008, BOE 30.12.08.

¿Le gustó esta receta? Compártala:
  • Digg
  • Sphinn
  • del.icio.us
  • Facebook
  • Mixx
  • Google
  • Blogosphere News
  • E-mail this story to a friend!
  • Live
  • Meneame
  • StumbleUpon
  • Technorati
  • Tumblr
  • TwitThis
  • Wikio
  • MisterWong
  • Print this article!

Recupere el IVA de los gastos de viaje

Si usted o los empleados de su empresa han realizado viajes de empresa a cualquier país de la Unión Europea, Mónaco, Suiza, Canadá, Japón o Israel, puede recuperar el IVA que pagó en ellos. Teniendo en cuenta que el tipo medio del IVA en la UE es de un 20%, calcule cuánto dinero está perdiendo su empresa si no recupera. Puede presentar usted mismo las solicitudes entre el 1 de enero y el 30 de junio de 2009 (para recuperar el IVA que pagó en 2008). También puede optar por encargar la gestión de la devolución a empresas especializadas, cámaras de comercio o entidades bancarias, que se ocupen de ello a cambio de un porcentaje del IVA recuperado.

¿Le gustó esta receta? Compártala:
  • Digg
  • Sphinn
  • del.icio.us
  • Facebook
  • Mixx
  • Google
  • Blogosphere News
  • E-mail this story to a friend!
  • Live
  • Meneame
  • StumbleUpon
  • Technorati
  • Tumblr
  • TwitThis
  • Wikio
  • MisterWong
  • Print this article!

Axa ofrece descuentos de hasta el 20% a pymes y autónomos

La empresa aseguradora Axa ha centrado parte de sus esfuerzos para incentivar las ventas en las pymes y autónomos. Para ello, ha lanzado Emprende Plus, una oferta específica para este colectivo, para ofrecerles soluciones aseguradoras adaptadas a las características de su actividad y con descuentos de hasta el 20%. Por contratar la póliza de incapacidad laboral temporal ofrece un descuento de hasta el 10% y si se contrata, además de esta póliza, otro u otros productos, el descuento llega al 20%.

¿Le gustó esta receta? Compártala:
  • Digg
  • Sphinn
  • del.icio.us
  • Facebook
  • Mixx
  • Google
  • Blogosphere News
  • E-mail this story to a friend!
  • Live
  • Meneame
  • StumbleUpon
  • Technorati
  • Tumblr
  • TwitThis
  • Wikio
  • MisterWong
  • Print this article!